Acceso a centros y servicios

Información y ayuda para solicitar acceso

¿Dónde puedo tramitar el acceso?

Cabildo Insular de La Palma

Ayuntamiento de su municipio

Trabajador/a social de su centro de salud

Por mi cuenta

¿Cómo puedo tramitar el acceso?

La persona interesada podrá solicitar el acceso a un centro o servicio directamente al Cabildo Insular de La Palma

¿Tengo derecho al acceso?

Corresponde al Gobierno de Canarias la valoración de la situación de dependencia, la resolución de los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia, la aprobación del Programa Individual de Atención, así como efectuar las correspondientes revisiones.

Este proceso puede alargarse en el tiempo, si necesita más información, puede contactarnos.

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Requisitos de acceso

Podrán ser titulares de los derechos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia los españoles que cumplan los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
  • Residir en el territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales 2 años deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de 5 años, el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.

Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de nacionalidad española, se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y si integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Para los menores que carezcan de nacionalidad española se estará lo dispuesto en las Leyes del Menor vigentes.

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Solicitud

Ha de cursar la persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o de quien ostente su representación:

  • La solicitud ha de formularse utilizando el modelo solicitud que puede descargar haciendo click aquí.
  • Puede presentarla en los lugares indicados en la parte superior de esta página: Cabildo Insular de La Palma, Ayuntamiento de su municipio, Trabajador/a social de su centro de salud o por su cuenta.

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Valoración del Grado de Dependencia

Dirección General competente en materia del servicios sociales del Gobierno de Canarias, a la vista del dictamen emitido por el equipo de valoración, dictará y le notificará la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, indicando el grado que le corresponda.

La resolución tendrá validez en todo el territorio nacional.

Con esta resolución se le reconoce su derecho a los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia.

Grados Dependencia y servicios y/o prestaciones que corresponden en función del grado.

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Reconocimiento de la situación de Dependencia

Dirección General competente en materia del servicios sociales del Gobierno de Canarias, a la vista del dictamen emitido por el equipo de valoración, dictará y le notificará la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, indicando el grado que le corresponda.

La resolución tendrá validez en todo el territorio nacional.

Con esta resolución se le reconoce su derecho a los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia.

Ejemplo de la Resolución del grado de Dependencia (Reconocimiento de la situación de Dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia)

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Programa Individual de Atención

Una vez notificada la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, se elaborará la propuesta de Programa Individual de Atención (PIA) correspondiente a la persona beneficiaria

En el procedimiento de elaboración del PIA se citará a la persona beneficiaria, y si procede, a su familia o entidades tutelares que le representen para que participen mediante consulta y, en su caso, elección entre las alternativas de servicios y/o prestaciones que le correspondan, en función del grado de dependencia reconocido y de la disponibilidad de centros y servicios.

Este procedimiento incluye la realización de un informe social en el que se detalle la situación social, familiar y del entorno de la persona beneficiaria

Dirección General competente en materia del servicios sociales del Gobierno de Canarias dictará la resolución por la que se aprueba el Programa Individual de Atención, la cual determina los servicios y/o prestaciones económicas de Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia que se le reconocen al la/el solicitante, a los cuales podrá acceder en función de las plazas disponibles.

Ejemplo de la Resolución por la que se aprueba el Programa Individual de Atención

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Revisiones

Revisión del grado.

El grado de dependencia será revisable, a instancia de la persona interesada, de su representante legal o de oficio por la Dirección General competente en materia de servicios sociales, por alguno de los siguientes motivos:

  • Mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia.
  • Error de diagnóstico o en la aplicación del baremo correspondiente.

A la solicitud de revisión se acompañarán cuántos informes o documentos puedan tener incidencia en la resolución del procedimiento.

Solicitud

Revisión de PIA.

EL Programa Individual de Atención será revisable por la Dirección General competente en materia de servicios sociales.

  • A solicitud de la persona interesada.
  • De oficio cuando las circunstancias lo aconsejen , o en todo caso cada 3 años.
  • Como consecuencia de traslado de residencia a otra Comunidad Autónoma.

Solicitud

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